18º PLENO MUNICIPAL INFANTIL-JUVENIL. Sevilla.
"Autonomía y Responsabilidad Ciudadana"
¿Qué es un Pleno Municipal?
"Un pleno municipal es una reunión que se celebra en un Ayuntamiento de
cualquier muncipio español donde todos los Concejales presididos por el
Alcalde debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio".
Está regulado según la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, en concreto en el artículo 46, que modera los Plenos
municipales. Por tanto es el instrumento que emplea un Ayuntamiento para
la toma de decisiones de índole municipal.
Algunos de los puntos que lo definen son:
-El pleno se celebra como mínimo una vez al mes en los municipios
mayores de 20.000 habitantes, mientras que tiene una frecuencia de 1 vez
cada dos meses en municipios de entre 5.000 y 20.000 habitantes y para
municipios menores puede tener una frecuencia aún menor.
El Pleno se constituye válidamente con las asistencia de un tercio del
número legal de miembros del mismo, quórum que debe mantenerse durante
toda la reunión. Son los propios Concejales y el Alcalde los que deben
convocarlo.
-Los acuerdos se producen mediante votación, de manera que se emite un
SI/NO en función de la opinión de los concejales asistentes. En caso de
empate se puede hacer una segunda votación, y si continúa, decide el
voto del Presidente de la Corporación.
-Las sesiones de un pleno son Públicas: cualquier ciudadano puede
asistir a un pleno municipal, pudiendo (algunos ayuntamientos) participar para exponer sus
argumentos respecto al contenido tratado cuando se le ceda la palabra.
Los asistentes no pertenecientes a la corporación no pueden votar.
-El orden del Día de un pleno es decidido por el Presidente de la
Corporación, es decir, el Alcalde, y contiene los puntos a tratar, en
función de los temas demandados.
-Las decisiones adoptadas son recogidas en el Acta de Pleno, levantada
por el Secretario General ( Funcionario-Técnico), y que pasa al Archivo municipal. Las nuevas
Tecnologías hacen posible que muchos municipios cuelguen en sus webs las
actas de los plenos.
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