domingo, 21 de octubre de 2012

Nuestros Ayuntamientos. Términos y conceptos para conocerlos






Nuestros Ayuntamientos. Términos y conceptos para conocerlos


Ayuntamiento. (Origen de la palabra) según el Diccionario de la Real Academia Española.dice: 'de
ayuntar.
(Der. del ant. ayunto, junta, y este del latín. adiunctus, junto).

. tr. ant. juntar (unir). 
.
Pues el ayuntamiento es un grupo de personas que se han juntado para gobernar un pueblo o una ciudad.


 Ayuntamiento, alcaldía, corporación local, corporación municipal, gobierno local o gobierno municipal, consistorio, son distintos nombres para la institución que realiza las funciones de órgano de gobierno o administración local de un municipio.

Alcalde, presidente municipal, que ostenta la presidencia de la administración local y del pleno municipal. Otro cargo que suele existir es el de vicealcalde o teniente de alcalde (en España incluso varios: primer teniente de alcalde, segundo teniente de alcalde...)

Casa consistorial, el edificio que cumple las funciones de sede principal de la institución. Generalmente es el lugar de reunión de los Plenos y Comisiones de Trabajo.

Concejal o edil es un cargo electo en las administraciones municipales. Los concejales forman el órgano colegiado que ejerce el gobierno municipal. Son elegidos y ejercen su mandato por un período cuya duración suele ser cuatro años (Caso de España).  Las condiciones de la elección, el ejercicio y continuidad en el cargo y la posibilidad de reelección al final de cada legislatura, depende de la legislación electoral y de régimen local de cada país.
Cada concejal trabaja de un modo más directo diversas áreas  ejemplos(educación, cultura, sanidad, transportes, economía, hacienda, parques y jardines, obras públicas, urbanismo, etc.), para lo que suelen especializarse como concejales de área. También pueden especializarse en un distrito u otra división espacial local.
Los concejales que forman el gobierno dirigen las Áreas o Distritos (municipios grandes o ciudades) y los de la oposición, controlan y pueden hacer propuestas al equipo de gobierno sin tener poder ejecutivo ni de gobierno.
Competencias de los Ayuntamientos o municipales

Los municipios tienen competencias en las siguientes materias:1
  1. Seguridad en lugares públicos.
  2. Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.
  3. Protección civil, prevención y extinción de incendios.
  4. Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales.
  5. Patrimonio histórico-artístico.
  6. Protección del medio ambiente.
  7. Abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores.
  8. Protección de la salubridad pública.
  9. Participación en la gestión de la atención primaria de la salud.
  10. Cementerios y servicios funerarios.
  11. Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.
  12. Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
  13. Transporte público de viajeros.
  14. Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo.
  15. Participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, intervenir en sus órganos de gestión y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
Además de las competencias propias, los municipios pueden realizar actividades complementarias en materia de educación, cultura, promoción de la mujer, vivienda, sanidad y protección del medio ambiente.
Servicios por población
Los municipios en función de su población tienen que prestar una serie de servicios. Estos servicios se pueden prestar por medios propios o en asociación con otros municipios.1
Todos los municipios
  • Alumbrado público
  • Cementerio
  • Recogida de residuos
  • Limpieza viaria
  • Abastecimiento domiciliario de agua potable
  • Alcantarillado
  • Acceso a los núcleos de población
  • Pavimentación de las vías públicas
  • Control de alimentos y bebidas
Municipios con mas de 5.000 habitantes
Municipios con mas de 20.000 habitantes
  • Protección civil
  • Prestación de servicios sociales
  • Prevención y extinción de incendios
  • Instalaciones deportivas de uso público
Municipios con mas de 50.000 habitantes
  • Transporte colectivo urbano de viajeros
  • Protección del medio ambiente
          
La Comisión de Gobierno, que está integrada por el Alcalde y un número de concejales no superior al tercio del total de estos. (Los concejales son nombrados y separados libremente por el Alcalde, dando cuenta de ello al Pleno). Sus funciones son las de asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones y el desempeño de las que el Alcalde o el Pleno les delegue.
Comisiones informativas existen en algunos ayuntamientos las comisiones informativas que, integradas exclusivamente por los miembros de la Corporación, no tienen atribuciones resolutorias y su función es el estudio, informa o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a decisión del Pleno o de la Comisión de Gobierno cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno.

Junta Municipal de Distrito es un órgano de gobierno que se encarga de la administración de un barrio o distrito de determinadas ciudades.
Sus competencias varían de una ciudad a otra, estando relacionadas generalmente con la organización de la participación ciudadana y la transmisión de las necesidades públicas al propio Ayuntamiento de la ciudad.
Grupo Municipal.
Es conjunto de concejales que pertenecen al mismo partido político

Normativa electoral para las elecciones.Ir a la siguiente dirección...
Dirección dónde nos podemos informar:
-Elecciones locales (Cúantos según la población del municipio…)
-Elección de Concejales
- Elección del Alcalde
. Elección  de Diputados Provinciales
Webs para obtener más información…



Actividades:

1.- Responder  a los términos que aparecen en rojo 
aplicándolo a la Ciudad  de Sevilla.

¿Dónde esta la Casa Consistorial,el Ayuntamiento,
cuántos concejales, quiénes, de que Grupos Municipales,
quién es el Alcalde, cuáles son las Juntas Municipales de Sevilla, quiénes la componen en vuestro barrio, funciones, cuáles son las competencias del Ayuntamiento de Sevilla, quiénes componen la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla, y  informativas, si las hay comisiones, otras que descubráis? 

2.- Llevar al Pleno (Reunión general de los diferentes grupos) todas las dudas que os plantéis)


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